Promulgan ley que permite cambiar orden de apellidos de las personas

PromulgaciónDespués de cuatro meses de publicada la ley en el Diario Oficial se podrá comenzar a realizar la solicitud de invertir el orden de los apellidos de los hijos (as).

El Presidente de la República, Sebastián Piñera, promulgó la ley permite elegir el orden de los apellidos de los hijos e hijas por acuerdo de los padres, en el marco de la conmemoración del Día de la Madre. En la instancia, el Mandatario estuvo acompañado por la Primera Dama, Cecilia Morel, y los ministros de la Mujer y Equidad de Género, Mónica Zalaquett, y de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín.

Esta ley tiene por objeto establecer que los padres podrán expresar de común acuerdo, al momento de inscribir el nacimiento de su primer hijo o hija, el orden de sus apellidos, el cual deberá ser el mismo para todos los hijos comunes que puedan venir después. Si los padres no expresan lo contrario, se aplicará la regla que existe hoy. Del mismo modo, el proyecto faculta a las personas a solicitar la rectificación administrativa, con el objeto de invertir el orden de sus apellidos con que figuran en sus partidas de nacimiento.

A nivel regional, el Intendente Rodrigo Saavedra destacó que “esta ley es un avance en materia de igualdad entre la mujer y el hombre, ya permite que los apellidos no sean necesariamente en un orden determinado, sino que los padres podrán decidir al momento de inscribir a sus hijos e hijas, permitiendo relevar el importante rol de la mujer en la sociedad”.

La legislación también se hace cargo de entregar reparación a aquellas mujeres que, por razones legítimas, muchas veces asociadas a temas de violencia, quieren llevar como primer apellido el de su madre, sin tener que pasar por un proceso judicial.

Al respecto, la Seremi de Justicia y Derechos Humanos, Paula García destacó que “esta iniciativa significa un cambio radical y positivo para nuestra sociedad, no obstante, es importante señalar que la ley considera la rectificación a través de la vía judicial, ya que hay situación que sólo podrán hacerse de esta forma, por ejemplo, cuando las personas están condenadas por delitos penas aflictivas, es decir, de más de 3 años y un día, excluyendo en todos los casos a aquellos condenados por delitos sexuales, quienes bajo ningún concepto, ni por la vía judicial, van a poder cambiar el orden de sus apellidos”.

En tanto, la Seremi de la Mujer y la Equidad de Género, Karla Cantero indicó que “la promulgación de la ley es un avance en materia de igualdad, relevando el importante rol que juega la mujer al interior de la familia, permitiendo que su apellido pueda ir en primer lugar si así se decide, dando cumplimiento a La Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer”.

Indicar que esta fue una iniciativa parlamentaria y el Gobierno, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, presentó una serie de indicaciones al proyecto, las cuales fueron aprobadas en su totalidad durante su discusión y así para asegurar que los efectos jurídicos no causen daño y haya certeza en las relaciones de las personas entre sí.

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