La investigación reconstruyó cada uno de los movimientos del acusado antes y después del ataque. Peritajes psiquiátricos descartaron que actuara con sus facultades mentales disminuidas.
A 16 años y 175 días de cárcel efectiva fue condenado un hombre de 41 años por el homicidio de un ciudadano español, ocurrido en agosto de 2024 en pleno centro de Antofagasta.
La sentencia, obtenida por la Fiscalía SAC, corresponde a 15 años de presidio por el delito de homicidio simple y 540 días por porte de arma cortante o punzante en la vía pública, penas que deberán cumplirse de manera efectiva y sucesiva.
El crimen ocurrió el 24 de agosto de 2024, cuando la víctima se encontraba al interior de un local comercial de calle Uribe. Según acreditó la investigación, el condenado, Franklin David Galaz Abarca, siguió previamente al ciudadano español por el centro de la ciudad e incluso observó el establecimiento antes de ingresar y atacarlo con un arma cortopunzante.
Durante el juicio, la Fiscalía presentó pruebas testimoniales, periciales, documentales y registros audiovisuales que permitieron reconstruir el recorrido del acusado mediante cámaras de seguridad públicas y privadas, estableciendo la secuencia completa de los hechos, desde el seguimiento de la víctima hasta la huida tras la agresión.
Las diligencias desarrolladas junto a la Brigada de Homicidios de la PDI y el Equipo contra el Crimen Organizado y Homicidios (ECOH) permitieron identificar al autor y obtener una orden de detención, que se concretó el 27 de agosto de 2024.
Al momento de su captura, los detectives encontraron al imputado portando un hacha, un machete y un cuchillo de doble filo, motivo por el cual también fue acusado y posteriormente condenado por el porte de armas cortantes en la vía pública.
Uno de los aspectos centrales del juicio fue el análisis de la condición mental del acusado. La defensa sostuvo que actuó con imputabilidad disminuida, sin embargo, un informe psiquiátrico del Servicio Médico Legal concluyó que no presentaba una alteración que afectara su capacidad para comprender la gravedad de sus actos.
Con ese antecedente, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta rechazó la tesis de la defensa y estableció que el condenado actuó con pleno conocimiento de la ilicitud de su conducta.
La sentencia dispone que las penas comiencen a cumplirse una vez que el fallo quede ejecutoriado, descontándose el tiempo que el condenado ha permanecido en prisión preventiva. La defensa aún cuenta con plazo legal para presentar un recurso en contra del fallo.
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